Nueva Ley de Fichaje 2026: control horario digital obligatorio
El Gobierno ha aprobado una nueva Ley de Registro y Control Horario que entrará en vigor en 2026 y obligará a todas las empresas a implantar sistemas digitales de fichaje, sin excepciones por tamaño o sector.
Esta normativa moderniza la gestión del tiempo de trabajo en España, refuerza la transparencia en el uso de las horas laborales y elimina definitivamente los registros en papel, hojas Excel o sistemas sin trazabilidad.
🕒 ¿Qué exige la nueva Ley de Fichaje?
Conforme a la adaptación del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, los sistemas de control horario deberán:
- Registrar con exactitud la hora de inicio y fin de la jornada laboral.
- Incluir pausas y descansos efectuados durante el día.
- Garantizar la inmutabilidad y trazabilidad del registro.
- Conservar los datos durante al menos 4 años.
- Estar disponibles para la Inspección de Trabajo de forma inmediata.
Los métodos manuales, como firmas, hojas de cálculo o registros escritos, quedarán expresamente prohibidos a partir de 2026.
⚠️ Sanciones por incumplimiento: hasta 10.000 € por trabajador
El incumplimiento de esta obligación se tipificará como infracción grave en materia laboral según el artículo 7.5 de la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social).
- Sanción de hasta 10.000 € por trabajador afectado en su grado máximo.
- La Inspección de Trabajo podrá requerir la acreditación del sistema implantado y el acceso inmediato a sus registros.
📅 Periodo de adaptación: primer semestre de 2026
Las empresas disponen de un periodo transitorio para adaptar sus sistemas de control horario hasta junio de 2026. Se recomienda iniciar cuanto antes una revisión jurídica del cumplimiento normativo.
En el caso de soluciones que empleen datos biométricos o geolocalización, será necesario justificar su licitud conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y a la LOPDGDD.
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❓ Preguntas frecuentes sobre la Ley de Fichaje 2026
- ¿Es obligatorio implantar un sistema digital de fichaje en 2026?
- Sí. Todas las empresas, sin excepción, deberán registrar digitalmente el inicio, final y pausas de la jornada laboral, con trazabilidad y conservación durante 4 años.
- ¿Qué sanciones contempla la ley por no tener fichaje digital?
- Hasta 10.000 € por trabajador según la LISOS, artículo 7.5. Se considera una infracción grave en materia laboral.
- ¿Puedo seguir usando papel o Excel para fichar?
- No. A partir de 2026 solo serán válidos los sistemas digitales con trazabilidad y acceso automático para la inspección.
- ¿Puedo utilizar huella o biometría?
- Sí, pero únicamente si se realiza una evaluación de impacto y se justifica su necesidad conforme al RGPD, al tratarse de datos especialmente protegidos.
- ¿Hasta cuándo tengo para adaptarme?
- Hasta el final del primer semestre de 2026. Se recomienda iniciar el proceso de forma anticipada para evitar riesgos legales o técnicos.
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