La autoridad española de protección de datos, da un margen de tres meses, para que las paginas web se actualicen a los criterios establecidos en la nueva guía de cookies.
En el pasado mes de mayo el comité europeo de protección de datos modificó las directrices a aplicar para otorgar el consentimiento.
Entre las modificaciones mas llamativas está la de considerar que la opción “seguir navegando” no es una opción validad para prestar el consentimiento. Esta es una formula muy habitual en la mayoría de las webs.
Otra modificación importante afecta a los “muros de cookies”, que se usan para no permitir el acceso a funcionalidades o servicios de una web en el caso de que no se acepten las cookies. Esto ya no es posible tampoco, ya que el CEPD considera el acceso al servicio y sus funcionalidades no puede estar condicionado a que el usuario acepte las cookies.