Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas
BOE núm. 244 de 09 de Octubre de 2024
El real decreto que desarrolla las obligaciones para las empresas en relación a la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, establece una serie de medidas planificadas que las empresas con más de 50 empleados deben implementar, centradas en la no discriminación y la protección de los derechos de las personas LGTBI en el ámbito laboral.
Obligaciones principales:
- Cuantificación de trabajadores: Todas las empresas con más de 50 empleados deben aplicar estas medidas, contabilizando todos los tipos de contratos, incluso los temporales o a tiempo parcial.
- Negociación colectiva: Las medidas deben negociarse con los representantes de los trabajadores a través de convenios colectivos o acuerdos de empresa. Si no existe convenio, la empresa debe crear una comisión negociadora.
- Plazos de negociación: Las empresas tienen un plazo de tres meses para iniciar la negociación. Si no se alcanza un acuerdo en ese tiempo, se aplicarán las medidas mínimas establecidas por el real decreto.
- Contenido de las medidas planificadas: Las medidas deben cubrir aspectos como la igualdad de trato y no discriminación, el acceso al empleo, la clasificación y promoción profesional, la formación y sensibilización en diversidad, y el uso de lenguaje inclusivo. También deben incluir un protocolo contra el acoso y la violencia por orientación sexual e identidad de género.
- Vigencia y evaluación: Las medidas tendrán una vigencia acordada y deben ser revisadas periódicamente para asegurar su cumplimiento, especialmente tras evaluaciones internas o inspecciones.
- Protocolo contra el acoso: Todas las empresas deberán contar con un protocolo que prevenga, detecte y actúe frente a situaciones de acoso o violencia contra personas LGTBI, protegiendo a la víctima y asegurando su restitución en caso de daños.
Este real decreto tiene como finalidad garantizar un entorno laboral seguro, inclusivo y libre de discriminación, promoviendo la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI en el ámbito laboral.